Pildora del dia despues

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El TC reconoce el derecho a la objeción de conciencia de un farmacéutico sancionado por no disponer de la 'píldora del día después'

06 de julio de 2015 Noticias Objeción de conciencia

El TC considera que pese a las diferencias “de índole cuantitativa y cualitativa” existentes entre la participación de los médicos en la interrupción voluntaria del embarazo y la dispensación, por parte de un farmacéutico, del medicamento conocido como “píldora del día después”, existe un paralelismo entre el conflicto de conciencia del farmacéutico y el que afecta a los médicos, porque en determinados supuestos, la “píldora del día después” podría causar en las mujeres embarazadas un efecto que choca “con la concepción que profesa el demandante sobre el derecho a la vida”.

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